¿Cuándo contratar un procurador?

En el argot jurídico una de las figuras más nombradas, es el procurador, pero muchas veces se desconoce para qué sirve, o en qué ocasiones es necesario contar con estos profesionales. Al igual que pasa con los abogados, los procuradores son profesionales que deben de ser elegidos de forma libre y su principal labor es representar al cliente que los haya contratado en los tribunales. 

Un procurador es un licenciado en derecho, pero además está formado con un máster obligatorio para poder desempeñar esta especialización. Lo ideal es que sea una persona perfeccionista, y que sea organizada para saber los procesos pendientes que tiene, para tener constancia de la documentación que se debe de entregar y en qué momento. Cuando uno se adentra en un proceso judicial, y no sabe si es necesario contar con este profesional o bien si es necesario lo mejor es preguntar a un abogado que conozca el caso. 

Son muchos los casos en los que se precisa la labor de estos profesionales, pero lo más común es que sean en procesos de carácter civil, penal, social, laboral o también en casos de carácter contencioso administrativo. En muchos casos, no es obligatorio contar con un procurador, y muchas personas por ahorrarse unos euros prescinden del mismo, pero desde aquí te decimos que es altamente recomendable, ya que muchas veces cualquier cuestión jurídica tiene una complejidad que no está al alcance de cualquier persona no formada en este tipo de temas 

En el caso de un contencioso civil, es importante contar con el procurador, salvo en los siguientes casos: 

  • Procedimientos monitorios 
  • Juicios verbales, en los que la cuantía es menor a 2.000 euros. 
  • Para impugnar las resoluciones en materia de asistencia jurídica.
  • Escritos en los que se solicitan medidas urgentes con anterioridad a un juicio, como puede ser en el caso de visitas a menores. 

En el caso de que sea en el ámbito penal, desde el momento en el que se detiene o procesa a una persona se le nombra un abogado o lo elige ella mismo. Pero la presencia del procurador no es obligatoria, hasta que no llega el momento del juicio. En el caso de que sea un delito leve puede ser opcional, tanto contar con un abogado o con un procurador. 

En lo que respecta a la jurisdicción social o laboral, tampoco se tiene obligación, sin embargo, si se tramita un recurso de suplicación sí que es necesario contar con un abogado o bien con un graduado social. 

Y por último en los casos de contencioso, podrán ser representados por un procurador o por un abogado, si se quiere y de forma obligatoria se deberá contar con ambos, si se trata del Tribunal Superior de Justicia, el Tribunal Supremo, etc. 

Como ya hemos dicho, no es obligatorio en muchos casos contar con estos expertos, pero sí que se recomienda contar con ellos, para que cualquier trámite sea más sencillo y poder resolver de forma sencilla cualquier problema o duda que puedan surgir.   

Sin duda, se trata de una figura muy importante en el mundo de la abogacía. Y si buscas Procuradora en Huelva, te recomendamos que leas esto.

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